Tribunal Constitucional podría “congelar” Libertad de Expresión
07 de Enero de 2011
Durante la próxima semana se llevarán a cabo dos audiencias públicas en el Tribunal Constitucional relativa a un proceso tendiente a suprimir de nuestro sistema jurídico el artículo 2331 del Código Civil. Dicho artículo limita la indemnización pecuniaria en casos de delitos de injurias y calumnias sólo a los daños patrimoniales, excluyendo la indemnización por daño moral.
La derogación de este artículo implica, en términos jurídicos, hacer aplicable a los delitos por injurias y calumnias el régimen general de responsabilidad civil, esto es, la indemnización de todo daño, moral o patrimonial. Este nuevo estatuto podría acarrear consecuencias nefastas para el ejercicio de la libertad de expresión, en general, y el ejercicio del periodismo en particular. En efecto, en ausencia del artículo 2331, regiría la regla general según la cual todo daño -aún el daño moral, por su naturaleza incuantificable en términos objetivos- debe ser indemnizado. En este escenario, investigaciones y publicaciones periodísticas de toda índole -especialmente relativas a la actividad política- serían acalladas frente a la amenaza de montos indemnizatorios millonarios e ilimitados por expresiones que, eventualmente, cabría calificar como injuriosas o calumniosas, aunque en definitiva no lo sean.
En el sistema jurídico norteamericano, a propósito de la primera enmienda y el conocido caso “New York Times vs. Sullivan”, se sentó la doctrina del llamado “efecto congelante” (chilling effect): si bien la libertad de expresión está formalmente intacta, la amenaza indemnizatoria produce un desincentivo a su ejercicio y un desequilibrio estructural respecto del derecho a la honra y privacidad. El gran riesgo en ciernes por la eventual derogación del artículo 2331 es la institucionalización de este “efecto congelante” en el sistema jurídico chileno, algo que ni siquiera hubiese ocurrido en los EE.UU. con anterioridad a Sullivan.
El Tribunal Constitucional tiene la facultad legal de excluir del ordenamiento jurídico el artículo citado. Es de esperar que en su razonamiento pondere las consecuencias de dicha decisión. Y esto por cuanto en el afán de proteger la supremacía constitucional del Derecho a la Honra y Privacidad, se estaría vulnerando la supremacía constitucional de la Libertad de Expresión. Y no parece necesario recalcar que la Libertad de Expresión es un metaprincipio, presupuesto mismo de una sociedad democrática.
Mauricio León Cáceres
Secretario Libertades Públicas A.G.
Libertades Públicas presenta Amicus Curiae ante el Tribunal Constitucional
El día 12 de enero de 2011 Libertades Públicas presentó un Amicus Curiae ante el Tribunal Constitucional de Chile para evitar la eliminación del artículo 2331 del Código Civil. Los alegatos estuvieron a cargo del abogado y Director de Libertades Públicas, Mauricio León Cáceres, mientras que la redacción del informe que sirvió de fondo estuvo a cargo de los socios Manuel González González y Bernardo Busel Niedmann.
Acceder al texto completo del informe [aquí]
Comisión Interamericana de Derechos Humanos demanda al Estado de Chile en el marco del caso Karen Atala
Con fecha 17 de septiembre de 2010, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó una demanda en contra del Estado de Chile en el marco del caso Karen Atala por el trato discriminatorio y la intromisión arbitraria en la vida privada sufrida por la denunciante.
En el informe 139/09 de la Comisión, se expresó que el Estado de Chile tenía responsabilidad por la discriminación sufrida por Karen Atala en el proceso judicial en el que se le retiró la custodia de sus hijas atendiendo a su orientación sexual y se recomendaron vías de avance para la reparación y cambios en la legislación. El caso fue llevado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) porque la comisión llegó a la conclusión que el Estado de Chile no cumplió con las recomendaciones contenidas en el citado informe de fondo.
Libertades Públicas, la Corporación Humanas y el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, instituciones representantes de Karen Atala y patrocinadores de la denuncia ante la comisión, señalaron que el caso Atala marca un importante precedente ya que existen sólo cinco fallos de esta naturaleza, siendo el primero relacionado con discriminación por orientación sexual.
Macarena Sáez, abogada y profesora del Washington College of Law de la American University ha sido una de las principales impulsoras de la defensa de los derechos de Karen Atala y de sus hijas. Para mayor información respecto al caso comunicarse con ella al correo electrónico [email protected]
Enlaces relacionados:
Para ver la conferencia de prensa: https://www.cnnchile.com/nacional/2010/09/21/caso-atala-estado-chileno-demandado-ante-corte-interamericana-de-ddhh/
Para ver el comunicado de prensa de la CIDH: https://www.cidh.oas.org/Comunicados/Spanish/2010/97-10sp.htm
Para ver el informe de admisibilidad: https://www.cidh.org/annualrep/2008sp/chile12502.sp.htm