Libertades Públicas en Tercera versión del Congreso de Derechos Humanos
Libertades Públicas A.G. participó en la Tercera versión del Congreso de Derechos Humanos, organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, del 05 al 07 de Septiembre. La asociación, como auspiciadora del evento, estuvo presente a través de un stand oficial, que junto a otras organizaciones, tuvo como objetivo la promoción y difusión de Libertades Públicas.
Junto a ello, nuestra asociada Macarena Sáez, fue expositora en el plenario de cierre del Congreso y tuvo a cargo el tema “Igualdad ante la orientación sexual”, con una gran concurrencia de participantes.
A continuación imágenes del Congreso:
Caso Atala: El comienzo del fin a los estereotipos de género
Martes 18 de Septiembre de 2012 17:50
Fuente: RED ALAS
Macarena Sáez
Profesora de Derecho de la American University
El caso de Karen Atala v. Chile en el sistema interamericano de derechos humanos abre una nueva etapa en Latinoamérica en la lucha por la igualdad de las personas.
En el año 2004, la Corte Suprema de Chile le quitó a la Jueza Karen Atala la custodia de sus hijas menores de edad por considerar que la aceptación de su lesbianismo y la convivencia con una pareja de su mismo sexo la inhabilitaban para vivir con sus hijas. La justificación formal entregada por la Corte Suprema fue que la madre había puesto sus propios intereses por sobre los de sus hijas al decidir vivir con una pareja del mismo sexo, y que las menores debían “vivir y desarrollarse en el seno de una familia estructurada normalmente y apreciada en el medio social, según el modelo tradicional que le es propio (…)”
De acuerdo al estándar establecido por la Corte Suprema, en igualdad de condiciones, una persona podía ser madre y vivir con un hombre, pero no podía ser madre y vivir con una mujer. La maternidad y la orientación sexual lésbica eran incompatibles. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en un fallo histórico, ha revertido esta situación.
La decisión de la CIDH puede ser analizada desde distintos puntos de vista. Por una parte, el caso Atala ha pasado correctamente a ser el símbolo de la incorporación de los temas LGBT a la agenda de derechos humanos en Latinoamérica. Pero además de la importancia del fallo para los derechos de las personas de sexualidades diversas, esta sentencia debe ser analizada por su aporte a la discusión sobre los estereotipos de género y el inicio de una nueva interpretación del derecho a la familia como un derecho humano.
Uno de los grandes problemas ocultos de la discriminación de las mujeres en Latinoamérica es la constante glorificación de la maternidad. ¿Cómo poder criticar esta glorificación, cuando en general las mujeres tienden a ser madres, y cuando lo son, se benefician de un respeto generalizado que viene con el status de madre? El estereotipo de la mujer-madre es, entonces, muy difícil de desenmascarar como contraproducente para las mujeres. En muchos países de la región las mujeres embarazadas tienen trato preferente en las filas de los bancos financieros, supermercados, y aeropuertos. En los estacionamientos hay espacios reservados para mujeres embarazadas y madres con hijos pequeños. Chile recientemente aprobó una extensión del fuero maternal a 6 meses después del parto, espacio de tiempo que coincide con las recomendaciones médicas en cuanto al tiempo mínimo de amamantamiento del recién nacido con leche materna. Aunque ha costado que a la mujer se la trate como titular de derechos, el derecho a ser madre ha sido el ejemplo fácil de quienes niegan la discriminación por género para mostrar que las mujeres son respetadas y protegidas. Pero protección no es equivalente a titularidad de derechos.
La sentencia de la Corte Suprema de Chile que separó a la Jueza Atala de sus hijas solo siguió el patrón de muchas otras sentencias latinoamericanas que se fundan en el deber de la madre de poner los intereses de sus hijos por sobre sus propios intereses. La mujer madre no es en realidad mujer, es solo madre, y es condenada cuando piensa como mujer. Este razonamiento tan propio de nuestros tribunales es problemático por varias razones. Por una parte, asume que hay un solo tipo de madre y cualquier decisión que tome una madre que no corresponda al estereotipo de madre, no puede ser una decisión materna. Debe, por lo tanto ser reprimida. Por otra parte, asume que la mujer deja de serlo cuando pasa a ser madre, siendo esta última una categoría esencial superior a toda otra característica propia de los individuos. El hecho entonces que una mujer tome una decisión como mujer, como persona independiente de su rol materno, es tratado como una anomalía. Aun mas, en una concepción reducida de la mujer como opuesta al hombre, una mujer que “niega” su condición de mujer al identificarse como mujer lesbiana no puede ser mujer, y si no es mujer, no puede ser madre.
El fallo de la CIDH en el caso Atala rechaza estas premisas. Por una parte, la Corte establece que no se puede condicionar las opciones de las mujeres a una concepción tradicional sobre el rol social de la mujer como madre, obligándolas a privilegiar la crianza de los hijos por sobre otros aspectos esenciales de su identidad. Es decir, la madre es también titular de derechos por ser mujer, no solo por su condición de madre. Por otra parte, establece que la Convención Americana no protege un solo modelo “tradicional” de familia. Con esto, finalmente abre la puerta al reconocimiento en igualdad de condiciones de distintas formas de ser buena madre o buen padre. La decisión de Karen Atala de no mentir sobre su sexualidad, aun cuando ello significara separarla de sus hijas, no es solo una decisión legítima en su calidad de mujer con derecho a vivir según su orientación sexual, sino una decisión de madre que considera su deber enseñarle a sus hijas el valor de la verdad, aun cuando dicha enseñanza la obligue injustamente a separarse de ellas.